viernes, 15 de marzo de 2019
viernes, 22 de febrero de 2019
Normativa: Cómo señalizar cargas
Aunque su
vehículo particular no esté destinado en exclusiva al transporte de mercancía,
puede llevarla. No obstante, los límites permitidos para las dimensiones de la
carga son diferentes para turismos, furgonetas y camiones. Los primeros sólo
podrán transportar cargas que sobresalgan –excepcionalmente– por la parte
posterior. Mientras que los vehículos destinados al transporte de mercancía sí
pueden llevar carga que sobresalga por delante, detrás y los laterales, con
determinadas condiciones.
Transportar
la carga con seguridad
En el caso
que nos ocupa, que es el de los turismos, dependiendo del ancho que ocupe la
carga que sobresale por atrás, tendrá que llevar obligatoriamente una señal
V-20 o dos. Le explicamos a continuación todo lo que tiene que saber para
llevarla con seguridad.
- Qué señal llevar. La V-20 es un panel cuadrado (de 50 por 50 centímetros) y con franjas diagonales y alternas de color blanco y rojo.
- Una señal. Si el objeto transportado es inferior el ancho máximo del vehículo por la parte de atrás (incluyendo los espejos retrovisores), se colocará una única señal V-20 (en el extremo de la carga y perpendicular al eje del vehículo).
- Dos señaleS. Si la carga transportada sobresale longitudinalmente ocupando toda la anchura del vehículo (incluyendo los espejos retrovisores), el coche tendrá que llevar dos señales V-20 en la parte trasera, colocadas transversalmente en cada extremo de la mercancía de tal manera que formen una geometría de “V” invertida.
- Sujeción de la señal. Utilizar todos los puntos de anclaje que lleva la señal para sujetarla, usando preferiblemente correas o tensores elásticos de amarre. No se recomienda el uso de abrazaderas de plástico. Sujete fuertemente la señal y la carga, lo más resguardadas posible del viento.
- Longitud de la carga. Solo puede sobresalir la carga por la parte posterior de un turismo, según el Reglamento, un 10% de la longitud del vehículo. Si la carga es indivisible, puede exceder el largo del coche en un 15%.
Iluminación
y matrícula
En caso de
que la matrícula o las luces traseras quedasen ocultas por la carga, sería
necesario un dispositivo de alumbrado y señalización más una placa de matrícula
adicional por fuera de la carga. Más ancha que el coche. Si el transporte de
bultos o equipaje sobrepasa por la parte trasera el ancho máximo del vehículo
(incluyendo los espejos), no podrá ser transportada por un turismo, en ningún
caso.
Así se
sujeta
Tanto si es
una viga, un poste, un colchón o un portabicicletas, la carga transportada en
un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento
y protección, deben estar dispuestos y sujetos de tal forma que no puedan
desplazarse de manera peligrosa; comprometan la estabilidad del vehículo;
puedan producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas; oculten
los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o
distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.
http://vialred.com/contenido/cn.php?n=4633
viernes, 15 de febrero de 2019
Quiero traer un coche del extranjero, ¿qué tengo que hacer?
- El trámite de matriculación de un coche extranjero varía si es un vehículo nuevo o de segunda mano, comprado dentro o fuera de la Unión Europea.
Artículo publicado en revista DGT por Carlos NICOLÁS FRAILE
26 junio 2018
Para
circular con un coche extranjero en España es obligatorio matricularlo
siempre que la persona que lo conduzca sea residente nacional.Si quiere tramitar la matriculación de un vehículo extranjero debe presentar esta documentación en su Jefatura Provincial de Tráfico:
• Solicitud en impreso oficial.
• Tasa correspondiente pagada a Tráfico (97,80€).
• Tarjeta de ITV con la diligencia de venta.
• Identificación del interesado. Para personas físicas: DNI, pasaporte permiso de conducir español o tarjeta de residencia. Para personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad de la persona firmante.
• Impuesto de Matriculación (IEDMT) liquidado con la Agencia Tributaria (modelo 576).
• Impuesto de Circulación liquidado con ayuntamiento donde resida.
Junto a los documentos anteriores, también son necesarios:
Para vehículos nuevos comprados en la Unión Europea
• IVA liquidado con la Agencia Tributaria (modelos 300 o 309).
• Ficha técnica del vehículo expedida por la ITV.
Para vehículos de segunda mano comprados en la Unión Europea:
• Documentación original del vehículo.
• Ficha técnica del vehículo expedida por la ITV.
• Entre particulares: contrato de compraventa y su traducción al español, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) liquidado con la Agencia Tributaria.
• En compraventas extranjeras: factura con el número de IVA.
• En compraventas nacionales: factura y justificante de Hacienda ede alta en la actividad.
Para vehículos comprados en terceros países
• Documentación original del vehículo.
• Documento único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana (salvo que en la tarjeta ITV conste la importación del vehículo).
Importante
• Tras matricular el vehículo, no olvide contratar la póliza de seguros.
• Pase la ITV, aunque ya estuviera en vigor en el país de origen.
• Estudie las diferentes opciones de transporte: carretera, barco, tren...
Y recuerde • Pida cita previa en www.dgt.es, en su Jefatura de Tráfico o en el teléfono 060 para realizar cualquier trámite.
• El pago de tasas en las Jefaturas solo es posible con tarjeta bancaria.
• El pago de tasas en las Jefaturas solo es posible con tarjeta bancaria.
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http://revista.dgt.es/es/tramites/2018/1128-matricular-coche-extranjero.shtml#.XGaVEc2CFPY
lunes, 14 de enero de 2019
Detenidos en Alcázar los presuntos autores de un robo de móviles y un portátil que la Policía ha recuperado.
En la noche del viernes pasado, madrugada del sábado, agentes del Cuerpo de la Policía local de Alcázar de San Juan, cuando realizaban funciones de Seguridad Ciudadana, recibieron una llamada telefónica en la Central del 092 en la que una persona alertaba que en la calle Dr. Bonardell se escuchaban fuertes golpes, con la intención, presumiblemente, de romper el escaparate de algún comercio.
Rápidamente se personaron dos patrullas de Policía Local, pudiendo comprobar cómo dos individuos merodeaban por dicha zona. Ambos fueron identificados, portando uno de ellos material de telefonía móvil proveniente de un comercio del que, previamente, habían destrozado la luna del escaparate con la tapa de hierro de una arqueta próxima a la zona.
En total se intervinieron: 8 teléfonos móviles y un ordenador portátil.
Los individuos fueron detenidos y puestos a disposición de la Policía Nacional.
Se agradece enormemente la colaboración ciudadana, gracias a la cual fue posible detener a los presuntos autores y la recuperación de los bienes sustraídos.
Enlace en: http://manchainformacion.com/noticias/76495-Detenidos-en-Alczar-los-presuntos-autores-de-un-robo-de-mviles-y-un-porttil-que-la-Polica-ha-recuperado
lunes, 31 de diciembre de 2018
lunes, 17 de diciembre de 2018
Jubilación anticipada para los 70.000 policías municipales.
14 de diciembre de 2018.
El Consejo de Ministros ha aprobado mañana un Real Decreto para facilitar la jubilación anticipada de los policías
municipales, a los 60 años, con toda la pensión. Una decisión que coincide con el mayor déficit de la historia de la
Seguridad Social, superior a los 18.000 millones de euros.
Los policías municipales se podrán jubilar de forma anticipada siempre que cumplan las condiciones pactadas
por el Gobierno actual y el anterior, del PP, con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y
los sindicatos del sector.
En estos momentos, hay 70.000 funcionarios en toda España que podrán jubilarse de esta forma a medida que
cumplan el periodo de cotización exigido.
Con carácter general, los funcionarios podrán acceder a la jubilación con cinco años de anticipación o 6 años,
en los supuestos en los que acrediten 37 años de cotización efectiva, según la circular que la FEMP envió el
pasado día 5 a los ayuntamientos.
En este sentido, la edad ordinaria exigida para el acceso a la pensión de jubilación se reducirá aplicando a los
años completos, efectivamente trabajados como policía local, el coeficiente reductor del 0,20. Es decir, que el
funcionario podrá retirarse antes de la edad legal de jubilación de 65 años y ocho meses, como ocurrirá en
2019, si la aplicación de la fórmula le permite llegar a esa edad, aunque no sea real.
Con el fin de que la jubilación anticipada de los policías locales tenga un resultado neutro para las finanzas de
la Seguridad Social, y no se recorten las pensiones de los beneficiarios, el Real Decreto exige un tipo
adicional de cotización a los ayuntamientos y a los policías. El tipo que se aplicará sobre la base de cotización
será del 10,6%. De esta cifra, el ayuntamiento abonará el 8,84%, mientras que el trabajador aportará un
1,76%.
El Real Decreto aclara que "tendrá la consideración de tiempo efectivamente trabajado, a efectos de la
aplicación del coeficiente establecido, el tiempo de servicio activo destinado en la Policía Local". Es decir,
que los que se jubilen de esta forma no podrán sumar el tiempo que hayan cotizado en otra función a la
contribución que hayan hecho en otro tipo de trabajo. En cualquier caso, con la jubilación anticipada de los
municipales con toda la pensión, el Gobierno reanuda una práctica de concesión de jubilación anticipada que
había quedado suspendida en 2012, por el déficit de la Seguridad Social, debido a la depresión económica,
que comenzó en 2007.
http://cemical.diba.cat/es/actualidad/ficheros/jubilacion_anticipada_policias_municipalesEX14_12_18.pdf
sábado, 8 de diciembre de 2018
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