El próximo 19 de enero de 2013 marcará un antes y un después en la documentación de los conductores de la Unión Europea. La Directiva 2006/126/CE, que entró en vigor el 19 enero de 2007, establecía un margen de 6 años para dar tiempo a que todos los países pertenecientes a la UE se preparasen para adoptar un modelo único de Permiso de Conducción.
Al poco de entrar el nuevo año, acabará la diversidad de formatos. Así diremos adiós a un escenario en el que convivían 110 modelos diferentes de permiso en la UE, y además se intenta con esta medida evitar la posibilidad de fraude en los permisos al existir un modelo único europeo que contará con varios elementos de seguridad.
Hablaremos, por tanto, de Permiso de Conducción, Řidičský průkaz, Kørekort, Führerschein, Juhiluba, Άδεια Οδήγησης, Driving Licence, Permis de conduire, Ceadúas Tiomána, Patente di guida, Vadītāja apliecība, Vairuotojo pažymėjimas, Vezetői engedély, Liċenzja tas-Sewqan, Rijbewijs, Prawo Jazdy, Carta de Condução, Vodičský preukaz, Vozniško dovoljenje, Ajokortti o Körkort, según el idioma del país en el que se expida, pero en el fondo serán todos ejemplares de un mismo documento.
Los países contarán todavía con una moratoria de 26 años para eliminar los permisos antiguos. Es decir, a partir de enero de 2013 cada país expedirá ya, de forma obligatoria, los nuevos permisos de conducir mientras va retirando los antiguos, y a partir de 2039 no serán válidos los formatos anteriores al carnet de plástico.
También a partir del 19 de enero todos los permisos de conducir de la Unión Europea tendrán unos tiempos de validez armonizados: los A y B durarán 10 años para la mayor parte de los conductores, mientras que los C y los D pasarán a tener una validez de 5 años. En los nuevos permisos se tienen en cuenta los derechos de conducción adquiridos con la normativa anterior.
Claves para entender el permiso de conducción
Para que las informaciones específicas del permiso sean comparables fácilmente, el diseño cuenta con los siguientes campos numerados:
- Apellido(s)
- Nombre
- Fecha y lugar de nacimiento
- a) Válido desde b) Válido hasta c) Autoridad expedidora d) Número alternativo
- Número del permiso de conducir
- Fotografía del titular
- Firma del titular
- Domicilio
- Clase(s) del permiso
- Válido desde…
- Válido hasta…
- Menciones adicionales o restrictivas en forma codificada con respecto a cada categoría a la que se apliquen.
- Espacio reservado para que el Estado miembro de acogida pueda inscribir facultativamente menciones indispensables para la gestión del permiso.
- Espacio reservado para que el Estado miembro que expida el permiso pueda inscribir menciones indispensables para su gestión o relativas a la seguridad vial
De esta manera, los permisos expedidos en cualquier estado miembro de la Unión Europea o en estados que formen parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo con arreglo a la normativa comunitaria mantienen su validez en España en las mismas condiciones en que fueron expedidos en su lugar de origen. La única diferencia es que la edad requerida para la conducción corresponderá a la que se exige para obtener el permiso español equivalente. De todas maneras, la normativa comunitaria también prevé que se armonicen las edades mínimas para la obtención de los permisos de conducir.
Dentro de esta norma, cuando el titular de un permiso comunitario haya adquirido su residencia normal en España queda sometido a las disposiciones españolas sobre la vigencia del permiso, la prueba de control de sus aptitudes psicofísicas y la asignación de un crédito de puntos, exactamente en las mismas condiciones que cualquier conductor con permiso español.