El jefe de área de Recursos Humanos, Vicente Fernández, y el jefe del Servicio de Gestión de Personal, José Ignacio Álvaro, deberán pagar una multa de treinta días a razón de una cuota de quince euros
El juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cuenca ha condenado al jefe de área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Cuenca, Vicente Fernández Campillo, y al jefe del Servicio de Gestión de Personal, José Ignacio Álvaro Chirveches, como autores de sendas faltas de desconsideración a agentes de la autoridad. De esta forma, cada uno de ellos deberá pagar una multa de treinta días a razón de una cuota diaria de quince euros y a pagar las costas del juicio, que serán satisfechas por mitad por cada uno de los condenados. La resolución no es firme por lo que, contra ella, podrán los condenados interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cuenca. Según recoge la sentencia el Ministerio Fiscal solicitó la absolución de los denunciados.
Según indica el juez en el apartado de hechos probados, en torno a las 13:40 horas del 17 de junio de 2011, dos agentes uniformados del Cuerpo de Policía Local de Cuenca se encontraban realizando funciones propias de su empleo cuando al pasar por la confluencia entre la calle Aguirre y el callejón de San Esteban de Cuenca, comprobaron que dos vehículos estacionados en doble fila estaban entorpeciendo la circulación. A la vista de ello, uno de los agentes se dirigió a quienes en ese momento estaban transportando unos enseres entre los citados vehículos y les requirió para que los retirasen. A raíz de ello, el denunciado Vicente Fernández Campillo replicó al agente manifestándole que era un “chulo” y que se callase.
Una vez los vehículos fueron retirados de su posición original, uno de los agentes solicitó al mismo denunciado la exhibición de su permiso de conducir con el fin de confeccionar el oportuno boletín de denuncia. El denunciado, según señala el juez en los hechos probados, además de negarse a mostrar el documento o cualquier otro que acreditara su identidad, manifestó al agente “que le iba a abrir un expediente disciplinario por chulo y mal educado” al tiempo que le preguntaba si no sabía quién era él y la otra persona que le acompañaba para, acto seguido, dirigirse al otro agente señalando que “luego le explicas quiénes somos, le dices que soy el Jefe de Negociado de Personal”.
Considera igualmente probado el juez que en el curso de la actuación policial, el denunciado Vicente Fernández Campillo mantuvo diversas conversaciones telefónicas, en una de las cuales manifestó a su interlocutor, en referencia a los agentes, que: “Son unos chulos y no saben quién soy. Éstos se van a enterar. Llama a su jefe. No sé qué se han creído éstos”.
Además, el juzgado cree que está probado que a lo largo del incidente, el denunciado José Ignacio Álvaro Chirveches manifestó a uno de los agentes que era un “chulo” y que “menudo investigador era pues no sabía quién había dejado el vehículo”. Asimismo, tras ser requerido para que exhibiera su documentación, se negó a hacerlo llegando a replicar al agente que “no me sale de los cojones darte la documentación”.
Según expone el juez en su sentencia, dicho relato, “expuesto por los dos agentes sin ambigüedad, incoherencia ni vacilación de ningún tipo, resulta suficiente para justificar el pronunciamiento de sentencia condenatoria frente a los denunciados”. Pese a que las declaraciones de los denunciantes no precisan de corroboración periférica, corroboraron el testimonio de los dos agentes de la Policía Local un tercer agente que acudió al lugar de los hechos ante el requerimiento de un ciudadano que le informó de que otros agentes estaban viéndose envueltos en un incidente.
Pulido y García Hidalgo fueron testigos de cargo en el juicio
En el juicio también ha habido dos testigos de cargo, el ex alcalde de Cuenca, Francisco Javier Pulido y el portavoz de la oposición, Pedro José García Hidalgo. Los denunciados pidieron refutar su credibilidad de sus testimonios alegando desavenencias de orden ideológico que les habían enfrentado en el ejercicio de sus responsabilidades públicas en el Ayuntamiento de Cuenca. Ahora bien, el juez considera que este hecho no impide su valoración como medio de prueba, y recalca que pese a que la testifical es intrascendente, no puede dejar de subrayarse la sustancial concordancia entre lo declarado y el relato de los agentes.
Frente a todo lo expuesto, los condenados Vicente Fernández Campillo y José Ignacio Álvaro Chirveches, negaron categóricamente los hechos que se les atribuían y sostuvieron que todo obedecía a una suerte de confabulación de denunciantes y testigos para perjudicarles. El juez indica que “no habiéndose aportado a la causa ningún dato objetivo del que se deduzca la validez de semejante hipótesis, estimamos que la versión de los denunciados se enmarca en el legítimo ejercicio de su derecho de defensa y no alcanza a desvirtuar la más creíble y coherente versión de los agentes, sobre cuya rectitud en el ejercicio de sus funciones no se ha suscitado duda”.