lunes, 3 de octubre de 2011

MULTAS en las regiones de Galicia, Cataluña, Las Vascongadas, Valencia y Las Islas Baleares

 

      Esquivar  una  multa en estas CC.AA., resulta relativamente  sencillo, sobre todo si el motivo de la sanción es un mal  estacionamiento. Sólo  hay que comprobar si la señal de  tráfico de prohibido aparcar,  zona azul o cualquier otra  está escrita exclusivamente en  catalán, gallego o  euskera. Si es así (cosa que ocurre en el 100% de los casos),  la batalla está ganada.
El   único trámite a realizar es recurrir la penalización   argumentando el incumplimiento de los artículos 56 y 138 de   la  Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y  Seguridad  Vial, relativos al idioma de las señales.  Ambos apartados  normativos obligan a que «las  indicaciones escritas de las  señales de tráfico se  expresen al menos en el idioma oficial del Estado» -Artículo  56-.


     La  norma establece que esa  señalización en la vía pública  «figure en idioma castellano, y  además, en la lengua  oficial de la Comunidad Autónoma cuando la  señal esté  ubicada en el ámbito territorial de dicha Comunidad»   -Artículo 138-. El Ayuntamiento incumple esta normativa  estatal en pro de la causa lingüística y prefiere renunciar a  cobrar las  multas recurridas por este concepto a rotular  en castellano las  señales.