El pasado 22 de octubre un Letrado de una
Asociación interpuso una denuncia por presunto delito de obstrucción a la
asistencia letrada al detenido (art. 537 CP), contra un jefe de grupo del
cuartelillo de la Guardia Civil de Navalcarnero que se negó a facilitar el
acceso a la documentación obrante en las dependencias policiales sobre una
persona que se encontraba detenida en las mismas. Puedes consultar la denuncia aquí.
Dicha denuncia se basa en el incumplimiento
por parte del agente de lo dispuesto en el artículo 7 de la Directiva Europea
2012/13, que obliga a los funcionarios policiales a facilitar, tanto al
detenido como a su letrado, la documentación “que obre en poder de las
autoridades competentes y que resulte fundamental para impugnar de manera
efectiva, con arreglo a lo establecido en la legislación nacional, la legalidad
de la detención.”
El compañero que ha interpuesto la denuncia
hizo constar dicho incumplimiento en el acta de declaración del detenido
conforme establece el artículo 520. 6. b), e igualmente lo comunicó al
ICAM tanto mediante llamada ese mismo día al Diputado de Guardia, como a través
de la consignación de la incidencia mediante del apartado correspondiente del “Observatorio
de la Justicia” en la página web del
ICAM.
El Juzgado de Instrucción
nº 3 de Navalcarnero ha admitido la denuncia a trámite y ha incoado las
oportunas diligencias previas para la investigación de estos hechos, por si
pudieran ser constitutivos del delito denunciado.
http://ala.org.es/un-juzgado-abre-diligencias-por-impedir-el-acceso-al-atestado-en-comisaria/